El Contrato
📄 EL CONTRATO📑
Fuente: https://www.gob.ec/sites/default/files/styles/gobec_image_content/public/2019-03/MTOP-010-01-02.jpg.jpeg?itok=ly2Le6rDUn contrato es un acuerdo jurídico de voluntades por el que se exige el cumplimiento de una cosa determinada. Se trata de un acto privado entre dos o más partes destinado a crear obligaciones y generar derechos.
A lo largo de este
artículo explicamos las características y los tipos de contratos que existen,
así como un listado de algunos de los contratos más comunes.
¿Quién puede realizar un contrato?
En primer lugar, para
que los contratos sean válidos, las partes deben de estar capacitadas
legalmente para contratar.
Así, las partes
deben ser: mayores de 18 años, menores de 18 años que estén
legalmente emancipados o personas entre 16 y 18
años con autorización de los padres.
No podrán firmar un contrato los incapacitados ni los menores de edad que no estén emancipados.
Fuente: https://www.lawandtrends.com/files/post/imagencabecera/138939/680x452_CONTRATO.jpg
¿Qué características
legales tiene un contrato?
Los contratos se caracterizan principalmente por los siguientes aspectos:
-📄El contrato se perfecciona con el mero consentimiento de las partes y se rige por el principio de autonomía de la voluntad (artículo 1258 del Código Civil).
-📌Efectos: Genera obligaciones y derechos para las partes intervinientes.
-📃Forma del contrato: Puede ser oral o escrito.
-📎Contenido: El contrato contendrá las reglas o pactos de conducta privadas que tendrán que cumplir las partes del contrato (artículo 1255 del Código Civil).
-📑Responsabilidad contractual: El acreedor (sujeto activo) podrá exigir la satisfacción de las deudas o el cumplimiento forzoso de las obligaciones al deudor (sujeto pasivo) en función de lo pactado en dicho contrato, o bien la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.
Elementos
del contrato
Consentimiento
El consentimiento se refiere a la voluntad de las partes para
querer celebrar el contrato. Según el artículo 1262 del Código Civil, es "el
concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de
constituir el contrato".
Para que sea válido, el consentimiento ha de ser
prestado con libertad por personas capaces y "será nulo el prestado por
error, violencia, intimidación o dolo"
(artículo 1265 del Código Civil).
Objeto
El objeto del contrato ha de ser posible, lícito y determinado, sin
necesidad de un nuevo acuerdo entre partes. En este apartado se aúnan los
servicios, o condiciones, que deben seguir alguna de las partes o ambas según
lo firmado.
Causa
Mientras que el objeto responde a qué es lo que se
debe, la causa es el hecho que explica por qué se debe. Es decir, justifica la creación de una obligación por
la voluntad de las partes.
No se debe confundir la causa con los motivos que
tuvieron los contratantes para celebrar el contrato. Pues la causa es siempre
la misma, mientras que los motivos son variables. La causa ha de ser existente, verdadera y lícita.
EJEMPLO:
Autor: Hugo Cucalón
AHORRO Y CRÉDITO HF
CONTRATO
DE MUTUO DINERARIO
Conste
por el presente instrumento el contrato de MUTUO DINERARIO que celebran
de una parte:
Rosario
Carmen Gonzabay Guale,
identificado con CI N° 0987654321 y con domicilio en Parroquia Colonche,
Cantón Santa Elena y provincia Santa Elena;
A;
Ana
Luisa Gonzabay Mero, identificado con CI N° 0912345678 y con domicilio en Parroquia
Colonche, Cantón Santa Elena y provincia Santa Elena;
A
quienes se les denominará LOS MUTUANTES;
Y,
de otra parte
Hugo José Cucalón Mero ,
identificado con CI N° 0988775546 y con Domicilio en Palmar, parroquia
de Colonche, cantón de Santa Elena y Provincia Santa Elena ;
A
quien se le denominará EL MUTUATARIO.
En
los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO:
Por medio del presente instrumento, LOS MUTUANTES, a solicitud de EL MUTUATARIO
en efectivo, se obligan a entregarle a este en cantidad de mutuo dinerario, la
suma de $ 500 ( quinientos dólares).
La
suma mutuada será entregada por LOS MUTUANTES a EL MUTUATARIO en efectivo, a la
suscripción del presente instrumento, siendo constancia de la entrega de dicha suma
tal acto.
SEGUNDO:
EL MUTUATARIO se obliga a devolver a LOS MUTUANTES la suma antes mencionada de acuerdo
con las condiciones que detallan la siguiente tabla de condiciones del presente
contrato, el cual forma parte integrante del mismo.
|
Tasa de Interés Mensual (%) |
5 |
|
Tasa Moratoria Mensual (%) |
10 |
|
Modalidad de Pago |
A rebatir |
|
Moneda del Crédito |
Dólares |
|
Plazo (meses) |
5 |
Asimismo,
se establece que en caso El MUTUATARIO no cumpla con pagara mas de una de las
cuotas del mutuo, LOS MUTUANTES quedaran facultados para dar por vencidas todas
las cuotas adecuadas y exigir su inmediato pago.
TERCERO:
Las partes declaran que el mutuo dinerario objeto del presente instrumento
tiene como única y exclusiva finalidad, de negocio por parte de EL MUTUARIO.
CUARTO:
En el improbable caso de que surja alguna divergencia o diferencia en relación a
la existencia, ineficacia, validez, interpretación y/o ejecución del presente
contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los
jueces de la localidad.
QUINTO:
Las partes, para todos los efectos derivados del presente contrato, señalan
como sus domicilios los indicados en la introducción del presente contrato.
SEXTO:
Todos los gastos que demande la formulación del presente contrato correrán por cuenta
de EL MUTUATARIO.
Firmado
en Palmar , a día 29 de Junio del 2018
Rosario Gonzabay Ana Gonzabay
MUTUANTE 1 MUTUANTE
2
Nombres: Rosario Carmen Nombres:
Ana Luisa
Apellidos: Gonzabay Guale Apellidos:
Gonzabay Mero
CI: 0987654321 CI: 0912345678
Hugo Cucalon
EL MUTUATARIO
Nombres: Hugo José
Apellidos: Cucalón Mero
CI:



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